- Las nuevas hojas estadísticas medirán la monitorización del rendimiento de los trabajadores y el teletrabajo
- La norma es el resultado del consenso alcanzado en el Grupo Técnico tripartito con Trabajo, patronal y sindicatos
- El cambio no altera los derechos de los convenios ya firmados ni el procedimiento de registro electrónico
Las empresas y sindicatos que registren un convenio laboral a partir del próximo 15 de enero de 2026, no solo deberán informar sobre salarios o jornada, sino que estarán obligados a detallar cómo regulan el uso de la inteligencia artificial, el diseño de algoritmos de productividad y el derecho a la desconexión digital.
Esta es la principal novedad de la Orden TES/1573/2025 publicada el pasado sábado en el BOE. Las nuevas hojas estadísticas incorporan, variables que hasta ahora eran desconocidas para la administración, pero que ya definen el día a día en muchos centros de trabajo. De una parte, se medirá la participación de los trabajadores en los sistemas que monitorizan su rendimiento.
El teletrabajo pasa a tener un peso específico en la recogida de datos y se actualizan las variables para alinearlas con las últimas reformas laborales y la economía digital.
El nuevo diseño de estos modelos, según se explica en la norma es el resultado del consenso en el Grupo Técnico tripartito, con el Ministerio de Trabajo, la patronal (CEOE, CEPYME) y los sindicatos (UGT, CCOO).
Aunque el cambio es profundo en cuanto a los datos recogidos, el Ministerio de Trabajo aclara que el procedimiento de registro electrónico, a través de la aplicación electrónica REGCON del Ministerio de Trabajo, sigue siendo el mismo y no se alteran los derechos de los convenios ya firmados. Y demás, se mantiene intacta la hoja de estadística para estos planes (Anexo 2.V), al ser una herramienta introducida en 2021, que cumple con los estándares actuales.
